Información pública
Se realizará la transposición al ordenamiento jurídico español de la Directiva Delegada (UE) 2021/1717, actualizándose el artículo 3 y el Anexo I del Real Decreto 920/2017, de 23 de octubre, por el que se regula la inspección técnica de vehículos.
Plazo para presentar alegaciones hasta el viernes, 05 de noviembre de 2021.
El Real Decreto 920/2017, de 23 de octubre, por el que se regula la inspección técnica de vehículos, establece los requisitos mínimos del régimen de inspecciones técnicas de los vehículos que se empleen para circular por la vía pública. Asimismo, determina los requisitos y obligaciones mínimas que deben cumplir las estaciones de inspección técnica de vehículos.
En primer lugar, la evolución de la legislación en materia de homologación de vehículos ha derivado, entre otros aspectos, en la modificación de la nomenclatura de ciertas categorías de vehículos. Esta situación, obliga también a adaptarse a la normativa en materia de inspección técnica de vehículos.
Por otro lado, los avances tecnológicos en materia de seguridad vial se exigen de manera obligatoria en la legislación de homologación de vehículos una vez que es viable su aplicación de forma general a todos y cada uno de los vehículos afectados. En este sentido, tecnologías como el eCall requieren de procedimientos nuevos en la inspección técnica que deben ser abordados en la legislación.
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