Consulta pública previa abierta hasta el 29/03/2021
Así, por ejemplo, tras la publicación del Real Decreto 244/2019 por el que se regulan las condiciones administrativas, técnicas y económicas del autoconsumo de energía eléctrica, se hace necesario adecuar el REBT a las condiciones recogidas en el citado Real Decreto.
Por otro lado, el reglamento actual establece que en una instrucción técnica complementaria se recojan todas las normas mencionadas en el reglamento y sus ITCs, con el año de edición a fin de que, cuando aparezcan nuevas versiones, se puedan hacer los respectivos cambios en esta lista, quedando automáticamente actualizadas en el texto dispositivo, sin necesidad de otra intervención.
Igualmente es necesario llevar a cabo una revisión general que permita aclarar determinados preceptos del reglamento y resolver así problemas de aplicación del mismo.
Las alegaciones podrán remitirse a la dirección de correo: participacion_csegind@mincotur.es indicando en el asunto: «Proyecto de Real Decreto por el que se aprueba el Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión «
El plazo finaliza el lunes, 29 de marzo de 2021.
Acceso al texto de la consulta pública en el siguiente enlace.
Por otro lado, el reglamento actual establece que en una instrucción técnica complementaria se recojan todas las normas mencionadas en el reglamento y sus ITCs, con el año de edición a fin de que, cuando aparezcan nuevas versiones, se puedan hacer los respectivos cambios en esta lista, quedando automáticamente actualizadas en el texto dispositivo, sin necesidad de otra intervención.
Igualmente es necesario llevar a cabo una revisión general que permita aclarar determinados preceptos del reglamento y resolver así problemas de aplicación del mismo.
Las alegaciones podrán remitirse a la dirección de correo: participacion_csegind@mincotur.es indicando en el asunto: «Proyecto de Real Decreto por el que se aprueba el Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión «
El plazo finaliza el lunes, 29 de marzo de 2021.
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